DEFINICIONES:
El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria (acreedor tributario).
El IVA es un impuesto indirecto que se aplica sobre el consumo y que resulta financiado por el consumidor final. Se dice que es un impuesto indirecto que el fisco no lo recibe directamente del tributario.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF, es un impuesto personal, progresivo y directo que grava la renta obtenida en un año natural por las personas físicas residentes en España. Así pues, es una figura impositiva perteneciente al sistema tributario español.
El impuesto de sociedades, también denominado impuesto sobre la renta o el beneficio de las sociedades, es un impuesto directo, de carácter personal y habitualmente de tipo impositivo único, que recae sobre los beneficios obtenidos por las sociedades.
El Impuestos sobre el patrimonio es un impuesto que grava el patrimonio a partir de cierto límite, independientemente de la renta que produce. Sirve además para facilitar el control del Impuesto sobre la Renta al actuar como balance inicial y final del ejercicio y considerarse renta todo aumento no justificado del patrimonio.
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http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Hacienda/Agencia-Estatal-de-Administracion-Tributaria-(AEAT).-Administracion-Montalban?vgnextfmt=default&vgnextoid=b03d3633dcd4f010VgnVCM1000000b205a0
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